COMUNICADO 02-2019-CEJSM

Los que suscribimos somos una asociación civil conformada principalmente por abogados católicos, dedicados a la defensa de nuestra fe.

Venimos trabajando por nuestra Iglesia Católica ardua, denodada y desinteresadamente; sacrificando nuestros legítimos proyectos personales, nuestro tiempo y nuestras familias; para evitar el ingreso a nuestra patria del neomarxismo cultural, que no tiene otro objetivo final que la de acabar con la fe católica en nuestra patria.

Recientemente hemos reclamado públicamente en diferentes foros de comunicación, el apoyo de nuestro Arzobispado y el de nuestros Obispos, para que se pronuncien públicamente contra la reciente arremetida de los promotores de la ideología de género, quienes, ésta vez, quieren robarse la inocencia de nuestros hijos en las escuelas, mediante la apropiación de la currícula escolar nacional; sin embargo, lamentablemente lo único que hemos escuchado ha sido un largo silencio, hasta el momento, que no sabemos cómo interpretar.

Acabamos de recibir la sentencia que ha emitido el Primer Juzgado Unipersonal Penal de Piura en la que se condena al señor Pedro Salinas Chacaltana por el delito de difamación agravada regulada en el artículo 132° del Código Penal en agravio de Monseñor José Antonio Eguren Anselmi, actual arzobispo de Piura.

Luego de escuchar con detenimiento la sentencia adelantada, como abogados litigantes podemos afirmar lo siguiente:

  1. La Sentencia emitida contra Salinas Chacaltana se debió a que éste ha difamado a Monseñor Eguren Anselmi al imputarle falsamente condición de partícipe y encubridor de actos diversos de violación sexual y psicológica; así como de traficantes de tierras; a sabiendas que la denuncia penal que se había formulado mucho tiempo atrás en contra de Monseñor Eguren Anselmi por violencia sexual y psicológica había sido archivada respecto a su persona
  • Ni el proceso judicial, ni su sentencia cuestiona, perjudica o entorpece la labor del periodismo. Lo que hace el Juzgado es sancionar la permanente inquina que tiene Salinas hacia Monseñor Eguren, quien por el solo hecho de ser persona humana tiene derecho al respeto de su dignidad (Art. 02, Const.), lo que de modo alguno significa que éste último se haya dedicado en este caso a “esclarecer la verdad sobre el accionar del Sodalitium” como lo señala el Presidente de la Conferencia Episcopal.
  • Lo que ha hecho la Jueza del Primer Juzgado penal, por lo tanto, es pues una obligación, ya que debe cuidar la dignidad de cualquier ciudadano de nuestra patria.
  • Es verdad que el Santo Padre Francisco ha agradecido la labor de los periodistas, que mediante sus investigaciones, contribuyen a denunciar los abusos dentro de la Iglesia para así castigarlos y asistir a las víctimas, pero no es menos cierto que el Papa Francisco también les ha recordado a los periodistas que éstos deben evitar cuatro pecados o cuatro actitudes malas: la desinformación, la calumnia, la difamación y el amor a los escándalos” (ver entrevista al periodista español Jordi Évole del 31 de marzo pasado).
  • Finalmente, no comprendemos cómo es posible que nuestro pastor, en vez de apoyar a su hermano y a sus hijos que se acercan permanentemente pidiéndole ayuda y recta guía espiritual, extienda la mano a quienes nos combaten, se burlan y se mueven con odio hacia nuestra Iglesia y su Doctrina, hacia nuestra Fe y nuestras Tradiciones, causando con esto mayor confusión y dolor en aquellos que de manera libre y voluntaria optamos por vivir de acuerdo con el evangelio.

Mag. Abog. Alberto González Cáceres

Centro de Estudios Jurídicos Santo Tomás Moro

Presidente